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Segundo episodio de nuestra serie sobre proyectos fotovoltaicos en Colombia. Entrevistamos a Carlos González Medrano, de TW Solar, una empresa española líder en el desarrollo de proyectos fotovoltaicos en Colombia.
Junto con Claudia Mora Uscátegui, socia PGP y líder del área de Energías Renovables y No Renovables, hablan sobre la trayectoria de TW Solar en Colombia, los desafíos y oportunidades que ha encontrado en el país y su visión sobre el futuro de la energía solar en Colombia.
También discuten temas como la evolución de la tecnología de los paneles solares, los cuellos de botella en el desarrollo de proyectos fotovoltaicos y la importancia de remover obstáculos para aprovechar la oportunidad histórica que tiene Colombia en el cambio de modelo energético.
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La energía solar se ha convertido en una tendencia global, gracias a su capacidad de generar electricidad a partir del Sol, una fuente renovable y de bajas emisiones, contribuyendo así a un futuro más sostenible.
En este primer episodio, Claudia Mora Uscátegui, Socia del área de Energías Renovables y No Renovables de PGP Abogados, nos presenta los puntos esenciales para navegar por el complejo mundo de los proyectos de generación fotovoltaica y tener perspectivas prácticas para el desarrollo de estos proyectos.
Acompáñenos a profundizar en los aspectos claves que se deben conocer:
Planificación estratégica Marco regulatorio y obtención de permisos Financiación y modelos de negocio Ingeniería, construcción y operación Beneficios tributariosPalabras clave: energía solar empresarial, proyectos fotovoltaicos, rentabilidad, sostenibilidad, inversión, financiación, regulación, ingeniería, construcción, operación.
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El hidrógeno como fuente de energía es un tema que desde hace un tiempo ha cobrado más relevancia e importancia en Colombia. Claudia Mora, socia del área de Energías Renovables y No Renovables, nos habla acerca de sus desafíos regulatorios, los tipos de hidrógeno que existen y qué papel tiene nuestro país en el desarrollo del mismo.
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La “conciliación extrajudicial sin intención de demanda” es una novedad del Estatuto de Conciliación de la Ley 2220 de 2022. Se refiere a un trámite conciliatorio controlado judicialmente, sin las complicaciones de un juicio. Angie Pacheco, abogada del área de Derecho Público, nos habla sobre sus implicaciones, pasos para la conciliación y requisitos para su aprobación.
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La declaración de renta sugerida por la DIAN se basa en información recopilada de terceros como bancos y autoridades municipales. Viviana Africano, abogada PGP, nos cuenta sobre los riesgos de usar la declaración sugerida sin complementarla.
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En el episodio de hoy hablamos con Sebastián Ortega, abogado del equipo Urbanístico, sobre las "actuaciones estratégicas" según el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá. Nos cuenta de manera general en qué consisten, sus características y el procedimiento de adopción.
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Samir Zabaleta, abogado sénior del equipo Inmobiliario, nos explica cómo funciona el esquema multinivel para las propiedades horizontales, qué ventajas tiene, las implicaciones jurídicas y cómo podemos implementarlo.
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La invasión o apropiación ilegal de inmuebles puede darse con métodos que van desde el acceso violento hasta la falsificación de escrituras. Laura Pinilla y César González, abogados asociados del equipo de Derecho Penal, nos cuentan sobre las acciones que debemos tener presentes para evitar y atender estos casos.
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Valeria Guerrero, abogada de PGP, explica qué son las licencias urbanísticas de construcción, qué normas las regulan y en qué casos es necesario solicitarlas.
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Alejandro Blanco, practicante del equipo de derecho tributario, nos hablará sobre la ley 2195 de 2022 y las reformas que introduce para prevenir la corrupción pública y privada. Específicamente, hablará acerca de las reformas que tocan los temas de la repetición y la reparación directa de los actos de corrupción.
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¿Es la recientemente sancionada Ley 2111 de 2021 un mecanismo idóneo y eficiente para reducir los continuos y cada vez más devastadores daños al medio ambiente?
El mundo atraviesa hoy una profunda crisis ambiental originada especialmente por la falta de conciencia del ser humano Y Colombia no es ajena. Y es por ello que el Estado colombiano se ha trazado una serie de desafíos en materia ambiental, tales como la lucha contra la deforestación, protección de las reservas hídricas, reducción de la emisión de gases de efecto invernadero y la contribución al desarrollo productivo, sin afectar la sostenibilidad de los recursos no renovables. Para el cumplimiento de estos desafíos se ha venido implementando una serie de estrategias desarrolladas por las diferentes entidades e instituciones que hacen parte de las tres ramas del poder público en Colombia.
En esta ocasión, hablaremos del aporte que en este sentido hizo el Congreso de la República al haber aprobado la Ley 2111 de 2021, por medio de la cual se sustituyó en su totalidad el título once de la Ley 599 de 2000, es decir, de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, y se introdujeron algunas reformas al Código de Procedimiento Penal. Pues bien, la legislación penal colombiana desde hace varios años se ha encargado de tipificar algunas conductas que afectan el medio ambiente y los recursos naturales.
Es así como, por ejemplo, el Decreto 100 de 1980 sancionaba la contaminación de aguas, la ocupación ilícita de parques y zonas de reserva forestal, el daño a los recursos naturales, la explotación ilícita de yacimientos mineros y la contaminación ambiental, con penas que oscilan entre los seis meses y los ocho años de prisión y multas de hasta 5 millones de pesos. Nuestra codificación del año 2000, vigente en materia ambiental hasta la expedición de esta nueva ley, incluye otros delitos como el ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables el manejo ilícito de especies exóticas, la contaminación ambiental por residuos peligrosos y la invasión de áreas de especial importancia ecológica, entre otros. Pero además aumentó las penas, pudiéndose encontrar sanciones de hasta doce años de prisión y multas de hasta 50 000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
¿Qué es entonces lo novedoso de esta ley? Bien, actividades que venían siendo puestas en práctica con las que se afectaba la sostenibilidad y la biodiversidad de nuestro país de forma significativa, como el ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables, sin que pudieran ser sancionadas, al menos no penalmente, son hoy, por virtud de esta ley, conductas punibles.
Por ejemplo, el tráfico de fauna, lo que incluye la comercialización no solo de los especímenes, sino incluso de las partes de animales que gocen de alguna protección especial a través de alguna norma. La deforestación, que consiste en la tala de árboles en extensión que supere una hectárea aunque no sea contigo, bien, actividades que venían siendo puestas en práctica, es decir, varias zonas que al sumar sus áreas superen una hectárea y finalmente la apropiación de baldíos. Vale la pena decir que para estos dos últimos delitos, además, se introdujo como tipo penal la financiación de dichas actividades. Es decir, la persona que financia a otra o a un grupo de personas para que invadan lotes baldíos o para que deforesten un área de terreno podrá ser condenada por este simple hecho.
Por su parte, algunos otros delitos que ya estaban incluidos en nuestro Código Penal, se les incluyó algunos otros verbos rectores para la consumación de la conducta típica, como en el caso del aprovechamiento ilícito de recursos naturales renovables...
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Un cordial salud para todos, soy Alejandro Neisa, abogado del equipo derecho tributario de Pinilla, González y Prieto abogados.
En esta oportunidad, analizaremos los puntos principales de la reforma tributaria que aprobó el congreso la república la Ley 2155. Esta reforma trajo consigo principales cambios el impuesto de la renta para personas jurídicas en IVA, en el impuesto de la normalización tributaria, en procedimiento fiscal y en el régimen simples, los cuales andaríamos a continuación.
En materia de impuesto sobre la renta, hubo un cambio para la tarifa las personas jurídicas que pasó de 31 % a 35 % desde 2022. De igual manera en materia de rentas exentas también dentro de impuesto a la renta, fueron eliminados los montos mínimos de inversión exigidos para las empresas de economía naranja.
Otro cambio significativo fue la forma de recaudo de impuestos sobre la renta. Ahora la densa utilizada para proferir facturas las cuales presta mérito ejecutivo en caso de que los contribuyentes no la objeten. Finalmente otro cambio relevante materia de impuesto sobre la renta fue el descuento del ICA, el cual inicialmente estaba planteado para ser del 100 % a partir del 2022. Sin embargo, este se derogó. Por ahora, continua siendo del 50 %.
Ahora bien, frente al régimen simple también hubo cambios significativos. El primero de ellos que se amplió el rango de ingresos máximos que puede tener un contribuyente régimen simple para ser parte de esto. Ahora con la reforma son 100 mil UVT, los cuales para 2021, aproximadamente corresponde a 3600 millones de pesos. De esta manera únicamente para el 2022 la reforma estableció que aquellas personas que hagan parte del régimen simple y se ocupen de la actividad de expendio de bebidas y comidas no son responsables del impuesto nacional de consumo y el impuesto sobre las ventas.
Otro cambio estructural de la reforma fue el impuesto de normalización tributaria. Este tributo tendrá una tarifa de 17 % sobre los activos omitidos o los pasivos inexistentes incluidos en declaraciones pasadas. El pago de este impuestos realizar en dos momentos. El primero de ellos el 17 septiembre de 2021, en el cual se pagará la mitad estima el tributo y el segundo momento el 28 de febrero de 2022, en el cual se pagará el valor restante. Vale la pena aclarar que este impuesto no será deducible el impuesto de la renta ni tampoco dará pie para sanciones en otros impuestos o en otras obligaciones tributarias como por ejemplo el IVA o precios de transferencia.
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En este webinar (versión en video) del 5 de 2021, Viviana Africano, Alejandro Neisa y María Helena Padilla nos hablaron sobre lo que se debe tener en cuenta para el cierre 2021 y qué esperar en el 2022 con la reforma tributaria. Entre otros temas, revisaron lo relacionado con los principales cambios en renta, el impuesto de normalización, las terminaciones de mutuo acuerdo y conciliaciones, la facturación electrónica y factura de renta, y el día sin IVA.
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En este episodio, Lina Ospina y Valentina Almonacid nos responden estas preguntas sobre la reducción de la jornada labora:
¿Cuál es la importancia de la Ley 2101 de 2021? ¿Cómo se implementa la reducción? ¿Cómo se distribuye la jornada con la nueva reducción? ¿Se elimina la restricción de 8 horas diarias? ¿Cómo es la jornada flexible con la nueva ley 2101 de 2021? ¿Se modifica el salario? ¿Cuál es la jornada máxima en la jornada flexible? ¿Cuáles son las excepciones en las que no aplica la reducción de la jornada laboral? ¿El empleador puede disminuir la jornada laboral a 42 horas sin tener en cuenta la gradualidad? -
En este webinar, presentado en YouTube el 29 de Julio, Maria Helena Padilla, Melitza López y Nicolás Cortés hablaron sobre las principales claves que incorpora la nueva propuesta de reforma tributaria: normalización, cambios con incidencia en las personas jurídicas, medidas de lucha contra la evasión y días sin IVA, entre otros temas fueron los protagonistas de este conversatorio.
En este enlace puede ver el video completo y de acá puede descargar las diapositivas.
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La flor seca de cannabis, que se usa como insumo para la producción de cremas, ungüentos, champús o productos medicinales, no puede ser exportada desde Colombia ya que el decreto 613 de 2017 solo permite la exportación de derivados, mas no de la flor seca. Esto supone una limitación para la industria en Colombia, pues no nos permite aprovechar nuestras condiciones óptimas para su producción y exportación. Ángela Pinzón nos cuenta más sobre este tema.
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En el marco del régimen de patrimonio cultural inmueble, hablamos sobre la conservación de los bienes de interés cultural, la relevancia de encontrar un equilibrio entre su protección y su sostenibilidad, el reconocimiento de sus valores históricos y culturales de cara a la evolución de su entorno y sobre la importancia de incorporar estos elementos en el ordenamiento jurídico que los reglamenta.
¿Qué son los bienes de interés cultural? ¿Cuál es el papel de la subjetividad en su valoración? ¿Qué tan relevante es el aporte multidisciplinario? ¿Se pueden desarrollar proyectos económicamente rentables en bienes de interés cultural?
Susana Mowerman, asociada de PGP, habla con Paula Echeverry. Paula es Arquitecta graduada de la Universidad de Los Andes con maestría en preservación histórica y formación de posgrado en administración de negocios (MAMD) y diseño computacional (CDDMBT). Ella ha desarrollado una práctica independiente en el área de diseño y estructuración de proyectos. Y actualmente hace parte de equipos multidisciplinarios que con criterio integral, que buscan el éxito y la sustentabilidad de proyectos a través de la experiencia del diseño holístico de alta calidad.
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En el episodio de hoy, César González nos responde esta pregunta, un tema que ha generado mucha inquietud porque se cuestiona la legalidad de las declaraciones del fiscal. En su comentario, César nos lleva a explorar los límites de lo que se considera o no legal durante los hechos de las protestas y los bloqueos así como de la legitimidad del Estado para extinguir los vehículos implicados.
Recuerde que nos encuentra en todas las redes sociales como pgplegal. Gracias por escuchar.
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La importancia de las normas de ordenamiento en los procesos de adquisición de inmuebles para el desarrollo de proyectos públicos de infraestructura.
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¿Cuáles son los incentivos del Plan Marshall o Acuerdo 780 (noviembre 2020) del Concejo de Bogotá? Este acuerdo busca la reactivación económica con ocasión de la pandemia. Conozca en este capítulo de nuestro podcast los principales beneficios.
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